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Locales | Lunes, 13 de abril de 2020 |
El Municipio adhirió al nuevo decreto 355/20 El Intendente de Paso de los Libres firmó la resolución DEM N 078/20 a través de la cual el Municipio se adhirió al DNU firmado por Alberto Fernández.
El texto también trata sobre las nuevas excepciones dispuestas por el gobierno provincial El artículo uno se adhiere al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 355 del 11 de abril de 2020 de prorrogar el aislamiento social, preventivo y obligatorio, dictado por el Presidente de la Nación Argentina, Dr. Alberto Fernández.
Se prorroga en la ciudad de Paso de los Libres, hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, que fuera dispuesto en el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, prorrogado a su vez por el DNU N° 325/2020 y Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal N° 067/2020 prorrogado a su vez por la Resolución N° 072/2020, en los términos indicados en la presente Resolución
También se prorroga hasta el día 8 de mayo de 2020 el Programa del Buen Contribuyente.
Continuarán vigentes todas las medidas implementadas en Resoluciones N° 054/20, 056/20, 058/20, 061/20, 066/20, 067/20, 068/20, 069/20, 070/20, 072/20, 074/20, 075/20, 076/20 y 077/20 del Departamento Ejecutivo Municipal hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive.
Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios que se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:
a) Las personas establecidas por el artículo 6° del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020. b) Las personas establecidas en el artículo 1° de la Resolución N° 070/20 y 074/20 del Departamento Ejecutivo Municipal. c) Las personas afectadas a la actividad forestal, ganadería, cítricos, minería, arroz, yerba y te. d) Bancos y Entidades Crediticias: solo con turnos. e) Consultorios Médicos y Odontológicos: solo en emergencia y sin sala de espera. f) Locales comerciales: librerías, insumos informáticos, electrodomésticos, pinturerías, casas de repuestos automotor: solo a puertas cerradas utilizando el servicio de entrega a domicilio o Delivery. g) Textiles: solo confección de productos de salud. h) Obras en casa particulares: sin gente viviendo en el lugar. i) Talleres mecánicos, gomerías, lavaderos: a razón de un cliente por vez y sin aglomeración de personas. j) Ópticas: con los mismos recaudos que las farmacias. k) Estacionamientos: con reducción de personal. l) Actos Notariales: solo los que permitan actividades declaradas esenciales. m) Obras privadas de Infraestructura eléctrica.
A fin de permitir el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, se otorga asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL los días 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23 y 24 de abril de 2020.
Se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” al personal dependiente de la Secretaría de Salud y la Dirección de Bromatología, quienes continuarán de forma permanente con las actividades de prevención e intervención para el abordaje de esta enfermedad.
También se exceptúa del asueto otorgado al personal municipal a las Áreas Municipales que brindan servicios esenciales e indispensables para la comunidad, los que deberán asegurar el normal funcionamiento de los mismos:
a) Secretaría de Obras y Servicios Públicos. b) Secretaría de Acción Social. d) Dirección de Tránsito. e) Dirección de Comercio.
Se dispone que a los efectos de cubrir necesidades impostergables de los servicios esenciales dentro de la administración municipal, se afectará en forma rotativa a grupos reducidos de empleados, durante el periodo de prórroga del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, los cuales no estarán alcanzados por el asueto administrativo municipal
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