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Provinciales | Martes, 9 de agosto de 2022 |
La Justicia Federal de Corrientes declaró inconstitucional el impuesto a la riqueza La Justicia Federal de Corrientes declaró que el impuesto a la riqueza impulsado por el kirchnerismo es inconstitucional. Según argumentó, se trata de una medida impositiva confiscatoria. El "Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia" fue creado por el oficialismo, con el diputado Carlos Heller como uno de sus principales impulsores.
El fallo, por un lado, establece que un contribuyente no tiene que pagar si ve afectados derechos y garantías constitucionales y, por el otro, habilita a los que ya pagaron a iniciar un pedido de devolución.
El juez correntino Gustavo Fresneda hizo lugar a una acción promovida por Manuel Ulises Intra contra la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y dictó la inconstitucionalidad porque el tributo viola "garantías y principios constitucionales". La ley es violatoria del derecho de propiedad; principio de no confiscatoriedad; principio de razonabilidad y de capacidad contributiva, detalló.
Fresneda remarcó que el Impuesto a la Riqueza se implementó como un tributo, no como un aporte. Este es uno de los puntos clave para los especialistas.
"No lo quisieron llamar tributo para tratar de que no se aplique la jurisprudencia que tiene que ver el derecho tributario, y evitar que se sume a Bienes Personales, pero este falló está cerrando que al no ser voluntario tiene todas las características de un tributo más allá del nombre", resaltó Sebastián Domínguez de SDC Asesores Tributarios.
Las consecuencias del fallo, aunque tarden en concretarse, pueden ser muy importantes tanto para los contribuyentes como para las devoluciones que podría tener que hacer el Estado.
La "Ley de Aporte Solidario y Extraordinario" fue sancionada a fines de 2020 para paliar los efectos económicos de la pandemia y la consecuente cuarentena que rigió durante varios meses ese año. Durante aquel debate, los legisladores del oficialismo insistieron en reiteradas oportunidades que se cobraría por única vez a aquellas personas humanas con patrimonios superiores a los $ 200 millones.
Fuente: República de Corrientes
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